Micelio
Auto12 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante De Oficio Preocesado Rosero Cadena Pablo Emilio·Demandado Rosero Cadena Pablo Emilio

Tema · dato duro
Ausencia De Los Factores Territorial, Objetivo E Institucional-La Autoridad Indígena Carece De La Estructura Necesaria Para Investigar Y Sancionar La Presunta Comisión Del Delito De Tráfico, Fabricación O Porte De Estupefacientes Agravado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia y las autoridades del Cabildo Indígena de Inchuchala Miraflores, ubicado en el municipio de Pupiales (Nariño).

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena por la presunta comisión de los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado previsto por los artículos 376 y 384-2 del Código Penal.

La Sala considera que la conducta punible presuntamente cometida por el acusado debe ser investigada y juzgada por la jurisdicción ordinaria, porque se habría cometido por fuera de los linderos geográficos de la comunidad indígena y su espacio vital; el bien jurídico tutelado, en este caso, implica una especial nocividad para la sociedad mayoritaria y no fue posible corroborar que la comunidad indígena de Inchuchala Miraflores cuenta con autoridades, usos, costumbres y procedimientos tradicionales que permitan inferir la existencia de una institucionalidad para el juzgamiento de la conducta presuntamente cometida.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Cabildo Indígena involucrado y a los demás interesados en el trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Antioquia y las autoridades del Cabildo Indígena de Inchuchala Miraflores, ubicado en el municipio de Pupiales (Nariño), en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción ordinaria conocer el proceso penal seguido en contra de Pablo Emilio Rosero Cadena por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2165 al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Cabildo Indígena de Inchuchala Miraflores, ubicado en el municipio de Pupiales (Nariño) y demás interesados en el trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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